La protección como propiedad industrial
Es una protección
más completa, pero de duración más reducida,
pues según los convenios internacionales, como
por ejemplo el
Tratado sobre los Aspectos
de Propiedad Intelectual relacionados con el
Comercio
(ADPIC) la duración mínima es de 10 años.
La mayor parte de los países ofrece una duración
máxima de 25 años.
Para que un
diseño industrial pueda ser protegido mediante
propiedad industrial
ha de cumplir una
serie de requisitos, estando fijada por el
ADPIC
las condiciones de
los requisitos. Así se suele pedir
novedad
y
carácter singular.
El primero de los requisitos es que no exista
nada igual, mientras que el segundo establece
que no exista nada parecido.
Para la mayor
parte de las legislaciones, el diseño no debe
poseer una función técnica, sino que su objetivo
debe ser únicamente la estética. En el caso de
poseer una función técnica, se protegerá
mediante una
patente
o
un modelo de utilidad.
Otro requisito no tan generalmente aceptado es
el de visibilidad, es decir, que la parte
donde se aporta el diseño se vea en el uso
normal del producto.
La protección como derecho de autor
Para que un
diseño industrial sea protegido mediante el
derecho de autor
debe
cumplir el requisito fundamental de
originalidad.
El
deber de un diseñador industrial es el de
satisfacer a cabalidad las necesidades de un
usuario. La duración de esta protección suele
durar toda la vida del creador del diseño
industrial protegido, más una cantidad de años
variable según la legislación. Normalmente es de
60-70 años.