El punto de entrada temático Políticas de ciencia y
tecnología procura crear evidencia destinada a informar
opciones de instrumentos de políticas. El régimen de
derechos de propiedad intelectual en el plan nacional es un
instrumento clave de políticas, así como la manera en que
refleja los compromisos internacionales y establece un
equilibrio entre ellos y la meta de promover los derechos
socioeconómicos de la población. La expansión mundial de los
derechos de propiedad intelectual ha incidido en la
determinación de prioridades de investigación y en un
incremento de la propiedad privada de los productos de
investigación. Existe la preocupación de que los derechos de
propiedad intelectual (DPI) puedan obstaculizar el
desarrollo de capacidades locales de investigación y el
acceso a resultados de investigaciones vitales para el
desarrollo humano.
Dado que el
IDRC fue creado en respuesta a las necesidades de
investigación de los países en desarrollo, es apropiado que
el ITS se centre sobre el efecto que los derechos de
propiedad intelectual tienen en la investigación en sus dos
aspectos: como aliciente, pero también inhibitorio de la
innovación. El ITS invita a presentar propuestas en el marco
de cuatro categorías:
Limitación de patentabilidad
Como regla general, el Artículo 27 de TRIPS (Acuerdos de
Propiedad Intelectual ligados al Comercio) requiere patentes
para cualquier invento si es nuevo, inventivo y susceptible
de tener una aplicación industrial. Sin embargo, los Estados
pueden excluir de la patentabilidad aquellas invenciones
cuya explotación comercial sea preciso impedir en interés
del orden público o las buenas costumbres, incluidos los
inventos para la protección de la salud y la vida de las
personas, de los animales y los vegetales o para evitar
serios daños al medio ambiente.
El Artículo 27 también permite la exclusión incondicional de
patentar métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos,
así como formas superiores vegetales y animales y procesos
biológicos para su producción. Aunque también se pueden
excluir las variedades vegetales de la protección de
patentes, debe haber un sistema sui generis de propiedad
intelectual para protegerlas si no son patentables.
Posibles preguntas para investigación:
¿Cómo se ha utilizado la flexibilidad para limitar la
concesión de patentes y por qué? ¿Por qué en las
negociaciones de Tratados de Libre Comercio los países en
desarrollo no han insistido más en el tema de patentes? ¿Qué
efecto ha tenido la limitación de la concesión de patentes
en la investigación innovadora? ¿Qué exclusiones de
concesión de patentes serían las mejores para fomentar
investigación destinada al cumplimiento de los derechos
humanos básicos como lo son el derecho a la salud y a los
alimentos? ¿Cómo incide en la filogenética la concesión de
patente de variedades vegetales? ¿Son suficientes para
estimular la innovación las exenciones concedidas a
investigadores para que puedan usar variedades existentes
para crear nuevas?
Excepción de uso para la investigación
El artículo 30 de TRIPS permite
excepciones limitadas de los derechos exclusivos conferidos
por una patente, a condición de que tales excepciones no
atenten contra la explotación normal de la patente. Esto
puede incluir investigación en tecnologías patentadas. En
ciertos países también incluye investigación destinada a la
introducción temprana de medicamentos patentados.
Las excepciones a la investigación se articulan de manera
diferente según el sistema legal del país. Pueden estar
incluidas en un estatuto nacional o surgir del derecho
consuetudinario. Por lo general eso se aplica a todas las
categorías de investigadores, aunque en algunos países se
limita a investigadores privados o del sector académico.
Muchas leyes en países en desarrollo caracterizan la
excepción como tratándose de experimentos, otros para fines
científicos y algunos para educación. Ciertos países
excluyen específicamente los propósitos comerciales. Otros
dicen que puede ser para fines tecnológicos, lo que apunta a
su aplicación y finalmente quizás uso comercial. Es la
diversidad de formulaciones lo que hace sugerir que la
excepción de investigación no está formulada con la
suficiente amplitud como para aprovechar su potencial de dar
impulso a la innovación.
Posibles preguntas para
investigacion:
Que impacto real
tiene la excepcion a la investigacion sobre la investigacion
en sectores clave para los paises en desarrolo?
Se esta reduciendo la productividad de las redes
internacionales de investigacion debido a formulaciones
restrictivas de la excepcion a la investigacion en paises
desarrollados?
Cual es la
mejor manera de expresar la excepcion a la investigacion
para promover innvacion e investigacion ligadas a desarrollo
y en que medida han usado la excepcion los paises en
desarrollo?
Acceso a propiedad intelectual
Hay ciertas categorías de materias que desempeñan un papel
crucial en la investigación. Una de esas categorías,
Plataformas tecnológicas, abarca un amplio rango de
innovaciones. Otra categoría, Herramientas de investigación,
se refiere a composiciones o métodos que son útiles en la
realización de experimentos. Esto incluye tecnologías como
líneas celulares, herramientas de clonado, animales
transgénicos y reactivos. Muchas patentes de herramientas de
investigación pueden prevenir vastas áreas de investigación
médica y poner barreras legales al desarrollo de una amplia
categoría de productos. En las negociaciones para obtener su
uso se puede invertir mucho tiempo y dinero, a veces sin
buenos resultados. Las licencias pueden contener cláusulas
de utilidad eventual (“reach-through” provisions) que
requieren el pago de regalías por productos descubiertos por
medio del uso de una herramienta de investigación.
Otro asunto clave en materia de acceso al conocimiento
contenido en patentes es el requisito de divulgar la mejor
modalidad para recrear la invención. Hay un requisito legal
de larga data por el cual las solicitudes deben describir el
invento lo suficiente como para permitir que alguien que
domina esas artes pueda replicarlo. Esto obviamente es
importante para investigadores que desean aprender de la
patente.
Hay varias respuestas legales para ayudar a la
disponibilidad de la propiedad intelectual. Una respuesta
importante es el concepto de concesión obligatoria de
licencia. El artículo 31 de TRIPS dispone
que los Estados concedan una licencia obligatoria sólo
cuando el titular de la patente se niega a otorgar una
licencia voluntaria que le ha sido solicitada en términos
comerciales razonables. Excepciones a esto son casos de
emergencia nacional y otros de extrema urgencia o en casos
de uso público no comercial. La concesión de licencia
obligatoria es deseable para controlar precios elevados de
artículos tales como medicamentos y libros de textos, o para
contrarrestar conductas anticompetitivas, asegurar que el
mercado esté suficientemente abastecido, asegurar que la
patente esté siendo explotada, abordar emergencias, tratar
asuntos relacionados con patentes dependientes y para
establecer una investigación o base industrial.
Las limitaciones y excepciones a los derechos de autor las
cubre el Artículo 13 de TRIPS que las
limita a determinados casos especiales que no atenten contra
la explotación normal de la obra ni causen un perjuicio
injustificado a los intereses legítimos del titular de los
derechos. Esto incluye la doctrina de “trato justo” o “uso
justo”. El Convenio de Berna también permite que los países
en desarrollo concedan licencia a materiales educativos a
granel a precios accesibles y para traducción a idiomas
locales.
Posibles preguntas para investigación:
¿La aplicación de patente de plataformas tecnológicas
está impidiendo trabajar en familias completas de inventos?
¿Qué medidas se pueden tomar para superar esto? ¿Qué
significación tienen las patentes en las herramientas de
investigación para uso en sectores que son clave para los
países en desarrollo? ¿Qué se puede hacer para asegurar su
disponibilidad, especialmente a organizaciones financiadas
públicamente? ¿Cómo se puede hacer cumplir más eficazmente
en países de bajos ingresos la obligación de divulgar el
mejor método de usar tecnología patentada para que rinda
beneficios significativos de investigación? ¿Cómo se puede
hacer más eficaz y encuadrarse liberalmente el derecho a
licencia obligatoria de modo que permita el acceso a
tecnologías para la investigación? ¿Cómo se pueden
implementar y hacer cumplir mejor las limitaciones y
excepciones de las leyes de derechos de autor en países en
desarrollo para fines docentes, educativos e investigativos?
Fomentando la colaboración
La colaboración se facilita a través de mecanismos tales
como centros coordinadores de patente, patentes mancomunadas
y arreglos de libre acceso, mediante los cuales se ceden
derechos comunes de propiedad o arreglos liberales de
licencia que ponen las tecnologías en el dominio público.
Una patente mancomunada es un acuerdo entre los titulares de
patentes de licenciar sus respectivas patentes entre ellos o
a terceros sobre una base de no exclusividad. Se puede hacer
directamente o por medio de un intermediario. La patente
mancomunada puede provenir de un mandato gubernamental o un
arreglo de parte de la industria donde las marañas de
patentes dificultan los avances tecnológicos. En general, la
patente mancomunada puede ayudar a integrar tecnologías
complementarias, reducir los costos de transacción, allanar
posiciones bloqueadoras, evitar litigios costosos y promover
la diseminación.
Los centros coordinadores son patentes mancomunadas
especiales que cubren un rango particularmente amplio de
tecnologías y suelen contar con una sola entidad que
coordina las funciones administrativas. Los centros proveen
información sobre tecnologías patentadas y por lo general
cuentan con participantes expertos del sector industrial que
pueden dividir las patentes en categorías apropiadas.
También ofrecen un mecanismo de arbitraje para monitorear y
hacer cumplir los contratos.
En el software de libre acceso el titular de derechos de
propiedad intelectual hace que el software incluya un código
fuente disponible gratuitamente. Las licencias deben
permitir que se hagan modificaciones y mejoramientos y
disponer que éstos se pongan a disposición tanto del titular
del software como de otros licenciatarios.
Posibles preguntas para investigación:
¿Qué investigación de bajo margen en países en desarrollo se
podría promover mediante el uso de patentes mancomunadas o
arreglos de libre acceso?¿En qué medida puede la modalidad
de patente mancomunada abordar algunos de los desafíos
claves que pueden plantear los DPI a la investigación
relacionada con el desarrollo, como, por ejemplo, en el
sector salud y, bajo qué circunstancias la patente
mancomunada debe provenir de un mandato del gobierno para
permitir investigación innovadora? ¿Cuál ha sido el impacto
de los centros coordinadores de patentes, de qué manera
podrían sacar mayores beneficios de ellos los países en
desarrollo y qué se puede hacer para establecerlos y
mantenerlos? ¿Cuál es el impacto real del libre acceso sobre
la investigación y desarrollo de software y cómo se puede
promover en casos apropiados?
|